Los tipos de dependencia vienen establecidos y definidos por la legislación vigente, y más concretamente por la Ley 39/2006, que es indispensable que conozcamos, siquiera en perspectiva, para conocer las formas de dependencia reconocidas por las Administraciones Públicas, y asimismo los diversos tipos de ayuda que podemos solicitar.
Las ayudas públicas a las personas dependientes, sus familias, y también a aquellos familiares que se encargan de ellos de manera no profesional (y que pueden recibir la llamada prestación económica de cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales) están pormenorizadamente reguladas, y se otorgan en diversos grados, según el grado de dependencia reconocido a cada persona por la comisión correspondiente del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
Este sistema funciona a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Además, se garantiza la participación social de los ciudadanos discapacitados, sus familias y sus asociaciones más representativas a través de órganos consultivos que son el vehículo en que este sector de la sociedad expresa sus necesidades a la Administración General del Estado. El principal de estos órganos es el Comité Consultivo del Sistema de Autonomía y Atención a la Discapacidad, en que se hallan representados equitativamente y en proporción equivalente la Administración Central, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
Saber de los diversos tipos y grados de dependencia es fundamental para conocer los múltiples requisitos determinados por la legislación vigente, y de este modo saber a qué ayudas podemos aspirar. Los 4 tipos de dependencia en personas mayores son la física, psíquica, sensorial y mixta. A su vez, pueden tener diversos grados de dependencia, moderada, severa y gran dependencia, que a su vez, también se dividen en varios niveles (I y II). Estos son los tipos concretos que establece la popularmente conocida como Ley de Dependencia, y son establecidos en cada persona para la que se soliciten las ayudas correspondientes, por una comisión de expertos. En este caso concreto, pues, resulta fundamental detallarlos para qué sepamos exactamente en qué consisten.
Cuando llegamos a mayores, son muchas las causas que nos pueden llevar a estar ligados a otras personas por estados de falta o pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual. Las enfermedades y accidentes cerebrovasculares, los accidentes que pueden limitar, mermar o anular nuestra movilidad, las discapacidades sensoriales, los trastornos psíquicos, o determinados tipos de enfermedades crónicas, pueden ser graves impedimentos al desarrollo de la autonomía de la persona. De ahí el desarrollo del modelo de “vida independiente” por parte de organizaciones como las Naciones Unidas, en que se pretende desenvolver los derechos civiles, libertades públicas y la autonomía de la voluntad de las personas afectadas por diversos tipos y grados de dependencia, de modo tal que puedan acceder a los productos, servicios, oportunidades laborales, etc, en pie de igualdad con los demás ciudadanos y sin que puedan ser discriminados por esta razón (de ahí las sanciones previstas para evitar la discriminación directa o indirecta de las personas discapacitadas y dependientes, sanciones previstas en el Real Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social).
Como consecuencia de esta pérdida de autonomía, las personas dependientes necesitan asistencia y/o ayuda, que en muchos casos puede darse a domicilio, esto ayuda a que la persona que recibe estos cuidados mantenga su comodidad y un nivel de vida óptimo. La persona afectada por esa pérdida de autonomía personal, aspira no obstante, a mantener independencia de voluntad para regirse en sus acciones en la vida cotidiana, y el cuidador ha de saber respetar esto. Un factor harto determinante para saber hasta qué punto la persona a la que se ha de cuidar puede o no desenvolverse por sí sola en determinados ámbitos, es precisamente el grado en que ha perdido esa autonomía personal, sea en el terreno físico o psíquico, o incluso en ambos.
Por ello es de gran importancia establecer los tipos de dependencia, ya pautados tanto en el ámbito sanitario como en el marco legal establecido. Los tipos y grados de dependencia nos ayudarán a conocer cuáles son las necesidades específicas de cada persona afectada por la pérdida de autonomía en el desempeño de sus actividades diarias, incluyendo las más básicas. Es por ello que los científicos y especialistas han contribuido a incorporarlos al marco jurídico actual.
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Grados de dependencia
Los tipos de dependencia se gradúan, pues, en los siguientes tipos que veremos a continuación.
Grado de dependencia 1 o Moderada:
Dependencia moderada: ejemplos,… Cuando la persona necesita ayuda a domicilio en una o varias actividades de la vida diaria, al menos una vez al día. En este caso, todavía la persona puede valerse por sí misma en una mayoría de actividades y competencias de su vida cotidiana, ya que no se ha producido una gran pérdida de autonomía personal.
Grado de dependencia 2 o Severa:
Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades de la vida diaria dos o tres veces a día, pero no requiere la presencia continua de un cuidador. En este caso específico, se ha producido una mayor pérdida de autonomía personal, y dentro de los tipos de dependencia, este puede y debe considerarse el nivel intermedio, donde sin duda la persona afectada ya padece más dificultades para desenvolverse por sí mismo en una serie de terrenos y actividades.
Grado de dependencia 3 o de Gran Dependencia:
Cuando la persona necesita ayuda para realizar distintas actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita la presencia indispensable y continúa de otra persona. Se trata también de una dependencia sensorial, en que la persona afectada necesita de la asistencia de otros porque no puede percibir enteramente y con normalidad su entorno. Este es máximo grado de dependencia, y quien lo padece necesita de las atenciones de cuidadores de la máxima cualificación y más experimentada trayectoria en su especialidad. Asimismo, los familiares necesitan de una completa guía de consejos y de un pormenorizado acondicionamiento del hogar a las necesidades de la persona dependiente, para eliminar potenciales peligros, hacerle más fácil el día a día, etc.
En España residen más de 1.125.000 personas dependientes, aunque esta cifra aumentará considerablemente en los próximos años, según las previsiones demográficas.
La dependencia ha generado unas necesidades especiales por las cuales, personas dependientes necesitan una serie de cuidados, que dada la naturaleza de la dependencia se caracterizan por un periodo continuado en el tiempo.
Debemos tener en cuenta que muchas de estas alteraciones son corregibles y en todos los casos hay que evitar que la dependencia vaya a más.
Debido a que hasta ahora, la atención que recibían estas personas recaía sobre todo en su familia y, muy especialmente, en las mujeres, con el Sistema de Dependencia, el Estado garantiza para la dependencia de las personas mayores, incluidas las personas con discapacidad que no se puedan valer por sí mismas, el acceso a los siguientes servicios sociales de dependencia:
- Prevención de las situaciones de dependencia.
- Ayuda a domicilio.
- Teleasistencia.
- Centros de día y de noche.
- Plazas residenciales.
- Otras ayudas técnicas.
- Cuidado de personas mayores
Además de prestaciones económicas; (vinculada a la contratación del servicio según el tipo de dependencia, por cuidados en el entorno familiar, de asistencia personalizada o de aseguramiento privado de dependencia).
La dependencia es un hecho, es una realidad que nos golpea. Por más esfuerzo que hagamos los sectores involucrados, la dependencia está presente nos guste o no. Mientras más se intervenga y se priorice sobre servicios tendientes a aminorar la dependencia, enfocados en la rehabilitación y apoyo a la persona que cuida, menor será la presión de esta situación. Por fortuna, la conciencia general de la sociedad sobre el problema de la dependencia es algo que va en considerable aumento en nuestros días, merced al eco mediático y social y a un propicio marco legislativo.
Es indudable que nuestra sociedad aún tiene desafíos con las personas dependientes, pero se está penetrando, a través de la colaboración entre el centro de salud, las familias que cuidan a los suyos y los cuidadores que trabajan en instituciones de larga estadía para personas mayores, como desde mSoluciona que trabajamos para ofrecerle a la persona dependiente el mejor servicio mejorando su calidad de vida.
¿Qué es la dependencia?
Según el Libro Blanco de la Dependencia elaborado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la dependencia es: “la necesidad de ayuda o asistencia importante para la realización de las actividades de la vida diaria o de una manera más precisa como “un estado en el que se encuentran las personas que por razones ligadas a la falta o a la perdida de la autonomía tienen necesidad de asistencia y/o ayudas importantes con el fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria y, de modo particular, los referentes al cuidado personal”
Sin embargo, la dependencia no es sólo sinónimo de vejez, puesto que puede aparecer a cualquier edad, aunque las personas mayores suelen ser las más afectadas, ya que hay varios tipos de dependencia y que se pueden presentar en diferentes grados.
¿Cómo darnos cuenta de si hemos llegado a una situación de dependencia?
Se trata al fin y al cabo de la pérdida de autonomía personal a la hora de llevar a cabo actividades cotidianas, que entonces resultan difíciles y arduas, o incluso de imposible realización para las personas especialmente afectadas por estos problemas. Si de un tiempo a esta parte la persona ha cambiado sus costumbres respecto a ciertos hábitos en cuanto a:
Funciones corporales:
- Somos incapaces de servirnos y comer solos. Así pues, necesitamos la ayuda de un familiar, o bien de un profesional, sea un cuidador o un asistente personal.
- Hemos dejado de salir a la calle por sentirnos incapaces.
- Tenemos dificultades para desplazarnos por nuestra propia casa.
- Hemos dejado de tener un aseo frecuente y eficaz, lavándonos ciertas partes del cuerpo con dificultad consciente o inconscientemente. En esta tarea, también es preciso contar con otra persona que nos asista, e incluso con ciertos utensilios y dispositivos como arneses, platos de ducha especiales antideslizantes, etcétera.
- No somos capaces de vestimos correctamente solos, o bien necesitamos ayuda para determinadas labores en concreto como anudarnos los cordones de los zapatos, abotonarnos una camisa…
- Tenemos que obligarnos a ir al retrete porque tenemos problemas de defecación.
- Se producen pérdidas de orina o de heces.
Funciones Socio-cognitivas:
- Llegamos a confundir a personas.
- Nuestra capacidad comunicativa nos dificulta pronunciar o construir frases correctamente.
- Confundimos las horas, los días o las estaciones del año.
- Hemos perdido gran parte de nuestro sentido de la orientación.
Las dificultades cognitivas son especialmente frecuentes en edades avanzadas, donde se vinculan con problemas neurológicos característicos del envejecimiento, o bien con causas más graves, tales como demencias.
¿Qué 4 tipos de dependencia hay?
Tipo de Dependencia física:
Cuando la persona pierde el control de sus funciones corporales y de su interacción con los elementos físicos del entorno. Algunos ejemplos son la esclerosis múltiple, o las consecuencias producidas por un traumatismo cerebral.
Tipo de Dependencia psíquica o mental:
Cuando la persona pierde la capacidad de resolver sus problemas y de tomar decisiones. Por ejemplo: retraso mental, enfermedad de Alzheimer, etc.
Tipo de Dependencia sensorial:
Es un tipo de dependencia debida a alteraciones en alguno de los sentidos: la vista y el oído, fundamentalmente. Esta alteración repercute en la capacidad de la persona para desarrollarse en su vida cotidiana (desplazamientos, leer, realizar las tareas domésticas, conducir, trabajar, etc.).
Las alteraciones sensoriales dan lugar a dependencias severas y requieren de la asistencia de familiares o cuidadores profesionales, que han de actuar con gran empatía frente a este problema.
Tipo de Dependencia mixta:
Generalmente se inicia a partir de una enfermedad que provoca problemas de diversa índole, como dependencia física por afectación de la movilidad asociada a problemas sensoriales, problemas de habla, dificultades para tragar y de comunicación. Dos ejemplos serían la parálisis cerebral o la enfermedad de Parkinson.
Los tipos de dependencia quedan, en general, unánimemente tipificados por las leyes. Pero por otro lado, La Ley 39/2006, ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas Dependientes, en función al análisis de las actividades de la vida diaria y de la salud mental establece tres grados de dependencia. La dependencia mixta, al unir características propias de los otros tipos de dependencia, también origina una severa pérdida de autonomía personal, y es una de las que requieren mayores cuidados, atenciones y asistencia a la persona afectada.